Recibos de nómina electrónicos

Desde 2014, según el artículo 99 de la Nueva Ley del ISR todos los patrones están obligados a emitir los recibos de nómina de sus trabajadores electrónicamente a través del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por lo que ahora se habla de recibos de nómina electrónicos.
Empezar a aplicar esta medida supuso una curva de aprendizaje y un costo para las empresas pues debían acudir a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) para solicitar sus servicios. Los PACs se encargan de validar CFDI así como del timbrado de nomina con el sello digital del SAT. Sin embargo, con el CFDI, las empresas obtienen ciertos beneficios como poder automatizar sus procesos fiscales, reducir sus gastos de papelería, tener un mejor control de la nómina, agilizar los procesos de auditoría, además de mejorar la seguridad en la información.
Además de la obligación de emitir nómicas electrónicas, los empresarios también tienen que:
• Efectuar las retenciones por conceptos de primas vacacionales, gratificaciones anuales, repartos de utilidades, etc.
• Calcular el impuesto anual de las personas que prestaran sus servicios laborales.
• Expedir y entregar comprobantes fiscales a los trabajadores que reciban pagos en la fecha en que se realice la erogación correspondiente. Estos comprobantes podrán utilizarse como recibo de pago para efectos de legislación laboral.
• Solicitar las constancias o comprobantes de pago a las personas que contraten como prestadores de servicios subordinados a más tardar dentro del mes siguiente a aquel en que se inicie la prestación de dicho servicio. Solicitar a los empleados sus datos necesarios para inscribirlos al Registro Federal de Contribuyentes, o bien, cuando ya hayan sido inscritos se les proporcione su clave de RFC.
• Proporcionar el 15 de febrero de cada año, a más tardar, a las personas que hubiera prestado servicios subordinados, la constancia y comprobante fiscal del monto total de viáticos pagados en el año de calendario que se trate.
• Presentar ante el SAT su declaración anual, a más tardar el 15 de febrero de cada año, proporcionando la información sobre las personas que hayan ejercido la opción a la que se refiere la fracción VII del artículo 94 de esta ley. Sólo los organismos internacionales quedan exceptuados de las obligaciones señaladas en este artículo cuando así sea establecido por los tratados o convenios respectivos y los estados extranjeros.
Por otro lado, los trabajadores obtienen varios beneficios gracias también a los recibos de nómina digitales, como por ejemplo poder solicitar un préstamo en una institución financiera con facilidad. Gracias al CFDI, el empleado puede mandar sus recibos XML por vía electrónica y el banco o la financiera puede validar su existencia en el portal del SAT. Así mismo, los tribunales en material laboral aceptan como válidos estos comprobantes emitidos ante el SAT ya que con éste se demuestra el pago al trabajador. Además, recibos de nómina digitales es que son comprobantes deducibles y permite el pre llenado de la declaración anual, lo que ayudará a los empleados a cumplir con sus obligaciones ante el SAT.
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