Empresas podrán deducir la nómina a través del CFDI

Con el fin de deducir este mes de abril las erogaciones de nóminas pagadas a los trabajadores, los patrones deberán contar con el Comprobante Fiscal Digital de Nómina. Con este requisito cumplido, ya no será necesario realizar la Declaración Informativa Múltiple de Sueldos y Salarios.
El pasado 2013 se anunció que a partir del 1 de enero de 2014 sería obligatoria la expedición de comprobantes de recibos de nomina electronica para todas las empresas o negocios; sin embargo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio la facilidad de cumplir con esta obligación hasta el 31 de marzo a toda aquella persona física don ingresos inferiores a los $500,000 anuales en el pasado ejercicio fiscal así como a las personas morales que el 1 de abril de 2014 migren completamente al esquema de CFDI y que hayan emitido este tipo de comprobantes fiscales para los pagos y retenciones efectuados a sus trabajadores.
Los recibos de nómina digital deben ser timbrados por un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), de modo que automáticamente el SAT contará con la información suscrita he dicho recibo digital que debe contener: los ingresos percibidos, deducciones, ISR retenido así como las cuotas de seguridad social que el IMSS efectúe de los trabajadores.
Los patrones tienen la obligación de enviar a sus trabajadores el formato XML del CFDI con los datos de las remuneraciones entregadas y, en caso de que no se pueda entregar dicho documento se podrá entregar una representación impresa del CFDI con las remuneraciones cubiertas al trabajador, esta deberá contener el folio fiscal, RFC del empleador, RFC del empleado, ingresos percibidos, deducciones, ISR retenido, entre otros datos importantes.
Se considera que los contribuyentes que expidan CFDI a sus trabajadores por cada remuneración hecha, tendrán por cumplidos los requisitos de deducibilidad de dichos comprobantes fiscales. Es importante que concuerden las fechas de pago con los datos del CFDI, así como con la fecha de certificación del comprobante.
Este recibo también debe incluir: Registro Patronal, CURP, Número de seguridad social, fecha de pago, número de días pagados, fecha de inicio de la relación laboral, antigüedad, puesto, periodicidad de pago, salario base, salario diario integrado, tipo de régimen, tipo de contrato, tipo de jornada, riesgo en el puesto laboral. En los casos de expedición de CFDI a trabajadores con incapacidad hay que especificar los días de incapacidad, el descuento de pago y el tipo de incapacidad del trabajador. Del mismo modo, a los trabajadores con pagos por horas extra hay que especificarles el tipo de horas, número de horas extras laboradas y el importe pagado por hora extra.
Es muy importante que las empresas que aún no emiten recibos de nómina electrónica se pongan al corriente para evitar multas o sanciones. Si aún está buscando un PAC que le ayude a poner en orden la contabilidad de su empresa, acuda con los expertos de Facturador Electrónico. Contamos con soluciones para empresas como paquetes prepagados de factura electrónica y timbrado, facturación a través de conectores ERP, validación de CFDI, emisión de recibos de nómina electrónica y más. Llámenos al 01 800 272 0646 y pregunte por las soluciones de Facturador Electrónico.