Cambios a realizar para migrar a nómina electrónica

Como todos sabemos, el SAT ha creado una revolución electrónica en materia fiscal, comenzando en 2004 con la denominada Firma Electrónica, posteriormente con la reforma del Código Fiscal de la Federación en 2010 donde se estableció el uso obligatorio de los Comprobantes Fiscales Digitales CFD, hasta la reforma actual donde se declara el uso obligatorio de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet CFDI para los contribuyentes con ingresos superiores a los 250 mil pesos anuales.
Con la extinción de la factura impresa, el SAT planea dar pie a una era de modernidad y simplificación en los procesos operativos de todas las empresas.
Actualmente, con la Reforma Fiscal, se ha implementado la nueva Ley del ISR que contiene una reforma relativa a las obligaciones establecidas a aquellos contribuyentes con trabajadores a su servicio. Para ellos, los recibos de nómina deberán emitirse en forma de CFDI. Los cambios contemplados en dicha reforma son:
- En vez de entregar constancias de ingreso a cada trabajador, se emitirán comprobantes fiscales que se encuentran regulados en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación.
- El comprobante fiscal deberá ser emitido y entregado en la fecha que se realice la erogación correspondiente al pago del trabajador.
- El comprobante emitido puede ser utilizado por el patrón o por el trabajador para otros asuntos laborales.
- Dejarán de expedirse constancias de sueldos y salarios.
- La declaración informativa de sueldos y salarios deberá presentarse a más tardar el 15 de febrero de cada año.
Las obligaciones establecidas a los patrones se correlacionan con los requisitos de deducción de impuestos que se establecen en el segundo párrafo de la fracción V del artículo 28 de la nueva Ley del ISR donde se refiere a las deducciones por salarios que deben reunir estos requisitos:
- Los pagos ingresados en los términos del Capítulo I del Título IV de la mencionada ley podrán deducirse siempre que las erogaciones del impuesto local por salarios o por la prestación de servicios independientes consten en comprobantes fiscales emitidos de acuerdo con los términos del Código Fiscal de Federación.
Una vez que se emita un recibo de nómina CFDI con los datos de los ingresos percibidos, con el desglose de las retenciones de las contribuciones que se efectúan, el patrón contribuyente tendrá que hacer llegar la información al órgano fiscal de administración tributaria.
Lo primero que hay que hacer es obtener la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) que otorga el SAT para tramitar el Certificado de Sello Digital. Una vez obtenidas estas herramientas puede recurrir a un Proveedor Autorizado de Certificación, PAC como Facturador Electrónico para que le ayuden a agilizar los procesos contables digitales de su empresa o negocio.