SAT da opción a empresas para emitir recibos de nómina mensuales

Las disposiciones que el SAT ha presentado a lo largo del año en curso y del 2013 han representado grandes cargas administrativas y económicas al contribuyente al adaptarse a ellas. Sin embargo, la autoridad fiscal ha tratado de ofrecer soluciones para todos, esta vez se ha anunciado que se permitirá a las empresas la emisión de un sólo recibo de nómina electrónica al mes.
El SAT publicó una modificación en la miscelánea fiscal de 2014 respecto a los recibos para nomina electronica, medida que tiene el objetivo de reducir la carga administrativa y económica de los contribuyentes: personas morales y Pymes, para quienes ha sido una responsabilidad muy grande que han aceptado para cumplir con las disposiciones de la autoridad fiscal. Esta medida, además de facilitar la administración de las empresas, ayudará a reducir gastos en la nómina.
El SAT difundió la publicación de dicha medida a través de su página web oficial, en la regla 1.2.7.5.3 se establece la fecha de expedición y entrega del comprobante CFDI con los detalles de la remuneración de cada trabajador. Los contribuyentes que efectúen pagos por remuneración laboral correspondiente a un periodo inferior al mes, podrán emitir un solo CFDI mensual si este se emite dentro de los tres días hábiles posteriores al último día del mes laborado y pagado. Se considera como fecha de expedición y entrega del CFDI la fecha en que se efectuó el pago correspondiente al periodo laborado.
Raúl Montemayor, contador y especialista fiscal afirmó que la nueva disposición del SAT conlleva una ventaja al permitir a las Pymes o a las personas morales que, en vez de efectuar 4 comprobantes al mes, en pagos semanales, o 2 por pagos quincenales, se emita un sólo comprobante mensual; con esta medida se espera, además del ahorro administrativo y económico, una simplificación de los procesos operativos.
¡Adios a los vales de despensa en papel!
Del mismo modo, el SAT informó que a partir del 1 de julio de 2014 todas las emisoras de vales de despensa tendrán que ser certificados por el mismo órgano fiscal, y se expedirán en forma de monedero electrónico y no podrán ser canjeados por dinero en efectivo o títulos de crédito para retirar el importe del saldo en efectivo.
Toda empresa que otorgue la prestación de los vales de despensa a sus trabajadores deberá contratar a algún emisor certificado, para poder deducir este gasto.