¿Visita domiciliaria del SAT? Aquí te decimos cómo actuar
Una visita domiciliaria o auditoría del Sistema de Administración Tributario es un acto administrativo en el que el fisco revisa los libros, documentos, facturas y todo lo relacionado con el cumplimiento fiscal de las empresas. Cuando un contribuyente, persona física o moral, incumple con sus obligaciones puede recibir una visita domiciliaria del SAT, quien ha realizado muchas más visitas desde que se implementó el uso del CFDI para todas las operaciones comerciales.
¿Por qué nos visita el SAT? Generalmente la autoridad verifica el cumplimiento del contribuyente al emitir y validar CFDI, así como el cumplimiento de las obligaciones en materia aduanera como el pago de impuestos por importación de bienes. En el sector alimenticio también visita al contribuyente para verificar que se cumplan todos los requerimientos, por ejemplo los marbetes en las botellas de bebidas alcohólicas o el código de seguridad en los cigarros.
Sin embargo, una visita fiscal no implica que el visitador sustraiga papeles, libros o documentos del domicilio fiscal del contribuyente; tampoco pueden llevarse bienes, detener personas ni llevarse botellas de bebidas alcohólicas o cigarros, según indica el Artículo 16 Constitucional.
Cuando un visitador del SAT llegue a su domicilio fiscal, debe identificarse y entregar un documento llamado “Acta de Inicio de Visita”, en esta debe especificarse el objetivo de la visita, el domicilio donde se realizará la revisión de documentos o si se realizará la visita en más de un domicilio fiscal del contribuyente. Posteriormente el visitador debe enfocarse en la revisión de los documentos especificados en el acta, cada uno de los acontecimientos que se presenten durante la auditoría deben anotarse en un acta circunstanciada que realiza el visitador, quien debe dejar una copia al contribuyente al término de la visita.
En caso de que se presenten sucesos desagradables durante la visita, actos indebidos por parte del visitador como sustracción de bienes o documentos se debe realizar una denuncia inmediatamente. El contribuyente puede acudir a la Prodecon (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente) a denunciar abusos de poder, sustracción de bienes o extorsión; se recomienda anotar el nombre completo del visitador, la fecha y los acontecimientos presentados para brindar toda la información posible.
Si el fisco toca a tu puerta no pongas resistencia, prepara los documentos requeridos del periodo correspondiente; ya que el SAT avisa con un periodo de anticipación que visitará al contribuyente, puedes aprovechar para resolver irregularidades y preparar tu información.
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