{"id":6658,"date":"2021-04-30T09:00:26","date_gmt":"2021-04-30T14:00:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.facturadorelectronico.com\/blog\/?p=6658"},"modified":"2021-04-29T19:29:15","modified_gmt":"2021-04-30T00:29:15","slug":"como-deducir-impuestos-sobre-depositos-en-efectivo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.facturadorelectronico.com\/blog\/2021\/04\/como-deducir-impuestos-sobre-depositos-en-efectivo.html","title":{"rendered":"\u00bfC\u00f3mo deducir impuestos sobre dep\u00f3sitos en efectivo?"},"content":{"rendered":"\n<p>Una de las dudas m\u00e1s frecuentes sobre facturaci\u00f3n y pago de impuestos se relaciona con los dep\u00f3sitos en efectivo. Existen muchas ideas err\u00f3neas respecto a esta actividad, la cual es considerada por el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) como los dep\u00f3sitos realizados en moneda nacional o extranjera en alguna cuenta del sistema financiero y adquisiciones en efectivo de cheques de caja.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, las transferencias electr\u00f3nicas, traspasos de cuenta, t\u00edtulos de cr\u00e9dito a favor del contribuyente no se consideran dep\u00f3sitos en efectivo. Muchas personas piensan que no deben pagar impuestos por dep\u00f3sitos en efectivo, sin embargo el SAT ha implementado un sistema de vigilancia para estos dep\u00f3sitos, especialmente con el fin de evitar la econom\u00eda informal y operaciones no registradas como ingresos que, por ende, no se puedan fiscalizar.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo con la Ley del Ingreso Sobre la Renta (LISR), los contribuyentes que reciban el pago de ingresos a trav\u00e9s de dep\u00f3sitos en efectivo deben pagar ISR, por lo que los extranjeros que radican en M\u00e9xico tambi\u00e9n deben realizar el pago de impuestos.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfCu\u00e1les ingresos son libres de impuestos?<\/h2>\n\n\n\n<p>Prestaciones de seguridad social, cajas de ahorro, vi\u00e1ticos, donativos que el contribuyente reciba de su c\u00f3nyuge, padres o hijos no requieren el pago de ISR, as\u00ed como los pr\u00e9stamos entre familiares, sin embargo se deben reportar al SAT en caso de que excedan los 600 mil pesos en un a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>Muchos contribuyentes piensan que los dep\u00f3sitos de menos de 15 mil pesos en efectivo est\u00e1n libres de impuestos, en cuyo caso los bancos no deben notificar al SAT. Sin embargo, aunque el fisco no se entere por medio de la entidad financiera, es importante notificar el ingreso y pagar los impuestos correspondientes.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando el monto mensual acumulado es superior a 15 mil pesos, el banco debe informar al SAT a m\u00e1s tardar el 15 de febrero de cada a\u00f1o, en cuyo caso el fisco puede solicitar al contribuyente una aclaraci\u00f3n sobre el origen, ya que supondr\u00e1 que es un ingreso por el que no se pag\u00f3 el ISR correspondiente pues, al ser dep\u00f3sitos en efectivo se puede rastrear en la cuenta del contribuyente, mas no el origen de donde llega, y esa es la informaci\u00f3n que le interesa al SAT.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de que no se logre aclarar el origen del dinero, el fisco reclamar\u00e1 el pago de ISR por el monto y, en la mayor\u00eda de los casos, cobrar\u00e1 recargos, actualizaciones y multas.<\/p>\n\n\n\n<p>Tal vez te interese leer: <strong><a href=\"https:\/\/www.facturadorelectronico.com\/blog\/2021\/03\/que-es-la-discrepancia-fiscal-y-como-evitarla.html\">\u00bfQu\u00e9 es la discrepancia fiscal y c\u00f3mo evitarla?<\/a><\/strong><\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfC\u00f3mo actuar?<\/h2>\n\n\n\n<p>En primera instancia, los contribuyentes no deben prestar tarjetas de cr\u00e9dito o d\u00e9bito para evitar discrepancias fiscales por ingresos declarados y percibidos; por ejemplo, en caso de que un familiar vaya a recibir dinero y no tenga una cuenta propia, puede pedir al contribuyente y, a la larga, ocasionarle un problema al aclarar que no se trata de un ingreso derivado de su actividad econ\u00f3mica.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de recibir dinero, lo recomendable son las transferencias bancarias para documentar el origen del dinero y presentarlo en la declaraci\u00f3n de ingresos.<\/p>\n\n\n\n<p>En Facturador.com queremos ser tu asesor contable, por ello te invitamos a contactarnos ante cualquier duda. Contamos con soluciones de facturaci\u00f3n y contabilidad electr\u00f3nica a tu medida y con gusto te atenderemos al tel\u00e9fono 998 872 32 93, correo electr\u00f3nico info@facturador.com o a trav\u00e9s de nuestro chat en l\u00ednea.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una de las dudas m\u00e1s frecuentes sobre facturaci\u00f3n y pago de impuestos se relaciona con los dep\u00f3sitos en efectivo. 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