{"id":6274,"date":"2020-07-24T09:00:27","date_gmt":"2020-07-24T14:00:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.facturadorelectronico.com\/blog\/?p=6274"},"modified":"2024-11-07T08:14:07","modified_gmt":"2024-11-07T14:14:07","slug":"que-gastos-puedo-deducir","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.facturadorelectronico.com\/blog\/2020\/07\/que-gastos-puedo-deducir.html","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 gastos puedo deducir?"},"content":{"rendered":"<p>Las personas f\u00edsicas suelen tener serias complicaciones al momento de llevar su contabilidad electr\u00f3nica y deducir impuestos, especialmente si no cuentan con la asesor\u00eda de un experto que les ayude con sus deducciones personales, con el fin de reducir el pago de Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), generar un saldo a favor y, en algunos casos, obtener devoluciones.<\/p>\n<p>De acuerdo con la Ley del ISR existen gastos que el contribuyente puede deducir: gastos o inversiones que el contribuyente realiza para generar ingresos, de acuerdo con la actividad econ\u00f3mica a la que pertenece y gastos personales realizados independientemente de la actividad econ\u00f3mica del contribuyente, y que \u00fanicamente pueden hacer las personas f\u00edsicas.<\/p>\n<p>Dentro de los gastos personales se encuentran:<\/p>\n<h2>Servicios de salud<\/h2>\n<p>Son los gastos realizados por honorarios m\u00e9dicos, dentales y hospitalarios, ya sea para la atenci\u00f3n del contribuyente, su c\u00f3nyuge o persona con la que viva en concubinato, para ascendientes o descendientes en l\u00ednea recta (abuelos, padres, hijos, nietos), siempre que dichas personas no hayan percibido ingresos iguales o superiores a un salario m\u00ednimo anual del \u00e1rea geogr\u00e1fica a la que perteneces.<\/p>\n<p>Para deducir estos gastos, hay que pagarlos a trav\u00e9s de cheque nominativo, transferencia electr\u00f3nica o tarjeta de cr\u00e9dito\/d\u00e9bito de la cuenta fiscal del contribuyente, con excepci\u00f3n de honorarios en zonas rurales sin servicios financieros.<\/p>\n<p>En caso de adquirir medicinas, las que se compran directamente en las farmacias no son deducibles, \u00fanicamente cuando el paciente se encuentra hospitalizado y se incluyen en la factura correspondiente.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se puede deducir la compra o renta de aparatos de rehabilitaci\u00f3n, pr\u00f3tesis, estudios cl\u00ednicos, lentes \u00f3pticos graduados hasta un monto de $2,500 (dos mil quinientos pesos), siempre y cuando se cuente con el diagn\u00f3stico de un oftalm\u00f3logo y se describan las caracter\u00edsticas en el comprobante.<\/p>\n<h2>Gastos funerarios<\/h2>\n<p>Se pueden deducir los gastos realizados para pagar gastos funerarios del c\u00f3nyuge\/concubino del contribuyente, as\u00ed como de ascendientes y descendientes directos, hasta por un salario m\u00ednimo general anual del \u00e1rea a la que pertenece.<\/p>\n<h2>Donativos<\/h2>\n<p>Puedes deducir hasta el 7% de ingresos acumulables que hayan servido de base para determinar el pago de impuesto del ejercicio fiscal anterior en donativos realizados a entidades p\u00fablicas o privadas, autorizadas por el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT).<\/p>\n<h2>Intereses de cr\u00e9ditos hipotecarios<\/h2>\n<p>Los contribuyentes que se encuentren pagando una hipoteca pueden deducir el monto correspondiente a los intereses reales, c\u00e1lculo que debe realizarse con base en la inflaci\u00f3n y la tasa de inter\u00e9s del cr\u00e9dito. Adem\u00e1s, la instituci\u00f3n financiera que otorg\u00f3 el cr\u00e9dito debe brindar un comprobante con el monto de intereses reales y nominales.<\/p>\n<h2>Aportaciones complementarias para el retiro<\/h2>\n<p>Si depositas en una subcuenta de ahorro complementaria a la de tu Afore, puedes deducir hasta el 10% de tus ingresos, sin exceder cinco salarios m\u00ednimos anuales del \u00e1rea geogr\u00e1fica a la que correspondes. Este beneficio \u00fanicamente aplica si el ahorro cumple el requisito de permanencia hasta tu retiro o jubilaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Primas de seguros<\/h2>\n<p>Tambi\u00e9n podr\u00e1s deducir el pago de p\u00f3lizas de seguros de gastos m\u00e9dicos complementarios o independientes que contrates, cuyos titulares sean t\u00fa, tu c\u00f3nyuge\/concubino, tus ascendientes y descendientes en l\u00ednea directa.<\/p>\n<h2>Colegiaturas y transporte escolar<\/h2>\n<p>Los gastos de colegiaturas se pueden deducir, hasta el monto se\u00f1alado a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>Preescolar: $14,200<\/li>\n<li>Primaria: $12,900<\/li>\n<li>Secundaria: $19,900<\/li>\n<li>Preparatoria, bachillerato o equivalente: $24,500<\/li>\n<li>Profesional t\u00e9cnico: $17,100<\/li>\n<\/ul>\n<p>Si tu hijo cambia de nivel educativo durante el ejercicio fiscal a declarar, aplica el l\u00edmite con el monto mayor; si tienes dos o m\u00e1s hijos, puedes deducir de cada uno hasta el l\u00edmite establecido en el nivel correspondiente. En el caso del transporte escolar, es deducible si es obligatorio o se incluye en la colegiatura para los alumnos de la escuela, y debe indicarse por separado en el comprobante que se emita al contribuyente.<\/p>\n<p>Para hacer efectiva la deducci\u00f3n, recuerda pagar por medios electr\u00f3nicos o a trav\u00e9s de cheque nominativo de tu cuenta fiscal, adem\u00e1s solicita el comprobante de pago correspondiente.<\/p>\n<h2>Impuestos locales<\/h2>\n<p>Consiste en el gravamen establecido por una entidad federativa en los ingresos por salarios, y se puede deducir siempre que la tasa de impuesto sea menor a 5%.<\/p>\n<p>Recuerda presentar todas tus declaraciones informativas parciales a tiempo, as\u00ed como los documentos de comprobaci\u00f3n fiscal para cumplir con los requisitos del SAT y ser candidato a una devoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>En Facturador.com encontrar\u00e1s la soluci\u00f3n que necesitas para emitir facturas electr\u00f3nicas, resguardarlas, llevar tu contabilidad electr\u00f3nica y cumplir con tus obligaciones fiscales. 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