¿Qué cambiará en los recibos de nómina en 2017?
Atención a todos los contribuyentes asalariados: A partir de 2017 se llevarán a cabo una serie de cambios tanto en la factura electrónica como en los recibos de nómina en CFDI, por lo que debemos verificar que contengan toda la información que el Servicio de Administración Tributaria solicita. A continuación les contamos cuáles serán los principales cambios.
Si aún no los recibían, los contribuyentes deben comenzar a recibir sus recibos de nómina a través de su correo electrónico, ya que es obligación de los patrones emitir el comprobante digital después de cada pago por concepto de salario que se dé a los trabajadores.
Adrián Guarneros Tapia, administrador general de Servicios al Contribuyente del SAT ha informado que con los recibos de nómina electrónicos, el patrón ya no tendrá que entregar su declaración anual de sueldos y salarios en febrero de 2018
A finales del pasado mes de septiembre, a través del portal del SAT se publicaron de forma anticipada las modificaciones que el CFDI de nómina tendrá, con el fin de que tanto patrones como PAC’s comiencen a adaptar sus sistemas de facturación para actualizar los complementos para el comprobante fiscal digital de nómina. Estos cambios aplicarán para todos los asalariados por cada pago que reciban de su patrón, ya sea semanal, quincenal o mensual, por lo que si aún no envías los recibos de nómina vía electrónica a tus trabajadores, debes asegurarte de que a partir de enero 2017 los reciban en su correo electrónico.
Los datos que cada CFDI de nómina debe llevar de forma obligatoria son:
- Nombre Del Trabajador.
- Tipo De Contrato.
- Régimen.
- Número De Empleado.
- Periodicidad De Pago (quincenal, semanal, mensual).
- Clave de la Entidad Federativa (donde se prestó el servicio)
- Total de percepciones o pagos recibidos, en el que se deberá incluir el monto total del salario, con todo e impuestos y el total exento de impuestos.
Además, en el caso de las percepciones, se debe explicar si la percepción es ordinaria (sueldo) o extraordinaria (por prima vacacional, por ejemplo); estas percepciones tendrán un número de clave, que le servirá a los patrones para realizar su contabilidad, que también tendrá que ser por medios electrónicos. En caso de que el empleado haya trabajado horas extra, este monto tendrá que ser desglosado y formar parte del importe total de percepciones.
En el campo de las deducciones, se debe informar el monto total de las deducciones de acuerdo con el impuesto que se trate, si es ISR, IMSS, crédito de Infonavit, caja de ahorro, etc. En otro apartado se debe especificar el monto total de impuestos retenidos; ambos conceptos conformarán el importe total de deducciones.
Los datos opcionales, de acuerdo a casos específicos, serán el número de seguridad social, fecha de inicio de la relación laboral, antigüedad, indicar si el trabajador está sindicalizado, tipo de jornada, departamento, puesto, banco donde se hace el depósito, cuenta bancaria y empresa que subcontrata.
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