Nuevos requisitos para la facturación electrónica 2016

Este 2016 los contribuyentes nos enfrentaremos a muchos cambios a la hora de emitir CFDI ya que, varios expertos en temas fiscales, han dado a conocer que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha alistado una nueva versión para los comprobantes fiscales llamada 3.3, esta nueva versión requerirá más información por parte de los emisores para mayor seguridad en las transacciones.
El fiscalista Gonzalo Ávila además informó que los usuarios tendrán que brindar más datos a sus Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) con el fin de realizar el timbrado de CFDI ya sea para transacciones comerciales o el pago de nómina de los trabajadores de una empresa. Uno de los nuevos requisitos del CFDI será la CURP del emisor, dato que actualmente no se agrega a la factura; por su parte, para los recibos de nómina se solicitarán documentos independientes y no complementarios como actualmente se expiden. Otros cambios que se dice que incluirá la nueva factura electrónica es la orden de compra relacionada al certificado digital, el Régimen Fiscal y el código de referencia, además de solicitar un domicilio fiscal de recepción de la factura, esto sólo en caso de que el producto se entregue a un tercero.
Se dice que la nueva versión del CFDI entrará en vigor a mediados de 2016 por lo que no sólo los usuarios tendrán que proporcionar más información, sino que los PAC tendrán que modificar sus sistemas para seguir ofreciendo el servicio a sus clientes. Implementar cambios en el CFDI traerá una mayor carga administrativa para todos ya que las empresas no suelen pedir el CURP a sus clientes.
¿Y qué pasa con la contabilidad electrónica?
Recordemos que a partir de este año las personas morales y físicas con ingresos acumulables de 4 millones de pesos en el ejercicio 2013 iniciarán con el envío del catálogo de cuentas y balanzas de comprobación, estas serán:
- >> Personas morales y personas físicas del sector primario.
- >> Personas morales con fines no lucrativos.
- >> Personas morales y físicas inscritas en 2014, 2015 o 2016.
Documentos que deben incluirse
Los registros o asientos contables auxiliares, incluido el catálogo de cuentas, conjuntamente con los avisos o solicitudes de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, las declaraciones anuales, informativas y de pagos provisionales, mensuales, bimestrales, trimestrales o definitivos. Además se debe enviar los estados de cuenta bancarios y las conciliaciones de los depósitos y retiros respecto de los registros contables.
Exentos de esa obligación
- >>Trabajadores asalariados
- >> Personas físicas que laboran por honorarios
- >> Contribuyentes del RIF o que registran sus operaciones a través de la herramienta del SAT “Mis Cuentas”